Empresas de servicios de inversión
El marco normativo MiFID II y MiFIR refuerza la protección al inversor modificando las provisiones existentes en materia de autorización, normas de conducta y requisitos organizativos de los proveedores de servicios de inversión e introduciendo nuevas obligaciones y medidas de supervisión preventiva.
En particular, se introducen nuevos requisitos sobre gobierno de productos y asesoramiento independiente y se extienden las normas existentes a los depósitos estructurados. Además, se mejoran los requisitos en diversas áreas, como la responsabilidad de los órganos de administración, incentivos, información pre contractual y periódica a los clientes, ventas cruzadas, remuneración del personal y mejor ejecución.
Estas medidas se complementan con el Reglamento MiFIR, que introducen poderes de intervención específicos para ESMA y los supervisores nacionales. Estos poderes permitirán prohibir temporalmente o restringir la publicidad, distribución o venta de un instrumento financiero o un tipo de actividad financiera o práctica cuando se cumplan ciertas condiciones.
Desarrollo normativo
Implementación a nivel nacional